Si tienes en mente la adquisición de una vivienda, deberías saber que hace tres años entró en vigor un nuevo indicador conocido como 'valor de referencia de Catastro' (que no es lo mismo que el 'valor catastral'), que a partir de ese momento se convirtió en la base imponible de impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el de Actos Jurídicos Documentados y el de Sucesiones y Donaciones (y que afecta también al cálculo del Impuesto del Patrimonio).