Durante años,
China se ha relevante por implantar un creciente aumento de la videovigilancia masiva a través de IA, recurriendo a técnicas de
reconocimiento facial (e, incluso, corporal). Pero incluso de un régimen como el del gigante asiático se espera que estableciera en algún momento un límite legal claro que permita preservar cierta privacidad ante la tecnología.
Y, su gobierno acaba de publicar un nuevo reglamento que regula estrictamente el uso de la tecnología de
reconocimiento facial: el "Reglamento de Gestión de la Seguridad de la Aplicación de la Tecnología de
Reconocimiento Facial", aprobado por la Oficina de Información de Internet de
China y el Ministerio de Seguridad Pública, y que entrará en vigor el 1 de junio de 2025.
El problema es que, incluso si esta norma se aplica a rajatabla, la privacidad ante el
reconocimiento biométrico seguirá sin estar garantizada en
China. ¿Cómo es eso?
El reglamento establece detallado para el uso responsable del
reconocimiento facial, estableciendo muchas restricciones equiparables a las que podríamos observar en normativas aplicables en España, como el RGPD:
- Consentimiento explícito e informado: Las organizaciones deberán informar claramente a las personas cuando recopilen datos faciales, especificando quién los recopila y cómo se usarán. Siendo obligatorio un consentimiento individual y voluntario.